Recurso nº 2055/1996
Sentencia nº 181896
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Id. vLex: VLEX-32311608
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DL-830 Aprueba texto que señala del Código Tributario - Artículo 116
Ley 1552 Código de Procedimiento Civil
DFL-1 Fija texto Refundido, Coordinado y Sistematizado del Código Civil; de la Ley Nº4.808, sobre Registro Civil; de la Ley Nº17.344, que autoriza cambio de Nombres y Apellidos; de la Ley Nº16.618, Ley de Menores; de la Ley Nº14.908, sobre Abandono de Familia y Pago de Pensiones Alimenticias, y de la Ley Nº16.271, de Impuesto a las Herencias, Asign Coordinado y Sistematizado del Código Civil; de la Ley Nº4.808, sobre Registro Civil; de la Ley Nº17.344, que autoriza cambio de Nombres y Apellidos; de la Ley Nº16.618, Ley de Menores; de la Ley Nº14.908, sobre Abandono de Familia y Pago de Pensiones Alimenticias, y de la Ley Nº16.271, de Impuesto a las Herencias, Asign - Artículo 53
Javier Garcia-Huidobro y Cia Ltda / S.I.I.
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PAGE 1Santiago, veintinueve de noviembre de dos mil uno.Vistos y teniendo presente:Primero.- Que a fs. 1, don Javier García Huidobro Larraín, domiciliado en Avenida Bilbao 2904, departamento B, comuna de Providencia, en representación de la sociedad Javier García Huidobro y Cia. Ltda., Rut. 79.770.410-5, del mismo domicilio, solicita la nulidad de las liquidaciones Nºs. 12 a 30 de fecha veintisiete de enero de mil novecientos noventa y cuatro, notificadas por cédula en igual fecha, en subsidio, presente reclamación a dichas liquidaciones, habiéndose dictado sentencia definitiva por doña Juana Mirna Johnson Rojas, en su carácter de Juez Tributario para el que fue designada por resolución 3316 de diez de junio de mil novecientos noventa y cuatro, publicada en el Diario Oficial de veintiuno de junio de mil novecientos noventa y cuatro, contra dicha sentencia se dedujo recurso de apelación con fecha diecisiete de noviembre de mil novecientos noventa y cinco de fojas 215, habiéndose traído a fojas 227 los autos en relación. Segundo.- Que recientes fallos de diversas salas de esta Corte, particularmente de la especializada que en materia tributaria funcionó en el primer semestre de este año, han resuelto que la delegación que han hecho de sus funciones jurisdiccionales, los Directores Regionales de Impuestos Internos, es improcedente por lo que las sentencias dictadas por los llamados Juece...Pruebe GRATIS vLex durante 3 días
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